Publicado el marzo 18, 2022

Preinstalación en comunidades

Cada vez son más los usuarios que se unen a la movilidad eléctrica y, aunque la instalación de los puntos de recarga son muy sencillas, pueden existir problemas y ser necesario la preinstalación en comunidades de puntos de recarga.

¿En qué consiste la preinstalación en comunidades?

La principal cuestión que nos haremos es en qué consiste una preinstalación en comunidades para puntos de recarga. Esto se basa en realizar una canalización para la mayoría de vecinos en una misma línea, es decir, con el fin de que todo el cableado vaya por la misma canalización de forma ordenada y evitar que cada vecino realice una instalación por su cuenta.

La normativa que regula todo lo relativo a la preinstalación e instalación de puntos de recarga es la ITC-BT-52. En ella existen diferentes esquemas para la realización de la instalación, pero la más sencilla para los usuarios siempre suele ser el esquema 2, saliendo desde el propio contador del usuario.

Preinstalación en comunidades

¿Cómo se lleva a cabo?

En primer lugar, una vez analizado el número de plazas de garaje y la disposición del cuarto o cuarto de contadores generales del edificio, se procede a establecer qué porcentaje de las plazas queremos cubrir con la preinstalación. Si los cuartos de contadores se sitúan en plantas superiores al garaje, se deberán realizar los trépanos o pasamuros correspondientes acorde a ese porcentaje de demanda de instalaciones que queremos satisfacer.

Posteriormente, el recorrido que realice el cableado, podrá estar regido por bandejas metálicas u otro tipo de canalización como tubo de PVC  además de cajas de registro.

“Los sistemas de conducción de cables se dimensionarán de forma que permitan la alimentación de al menos el 15% de las plazas mediante cualquiera de los esquemas posibles de instalación”

Una vez realizada esta preinstalación, cada vecino podrá conectar su cableado desde su propio contador general hasta su plaza de garaje, siguiendo el recorrido ya realizado previamente. Con esto conseguiremos la unificación de todo ese cableado y facilitaremos el acceso.

Cabe destacar que la preinstalación de puntos de recarga en comunidades de vecinos, deberán ser aprobadas por la comunidad, en cambio, la instalación individual de cada usuario, no debe ser aprobada, solo comunicada por el propietario que quiera llevar a cabo la instalación, al presidente de la comunidad o a la administración de fincas correspondiente. Por lo que no es necesario pedir ningún tipo de permiso.